ACUERDO: PRIMERO: ADMITE LA ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL interpuesta por el abogado HERNAN ROY MORENO OCHOA, defensor del ciudadano Teniente de Fragata JUAN PABLO PEÑA MEJIAS, titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.041.607. SEGUNDO: Notificar al Fiscal General Militar, de la apertura del presente procedimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 15 de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, a los fines de que se informe el día y la hora en que se llevará a cabo la Audiencia Constitucional. Así mismo, se ordena notificar al Juez Presidente del Tribunal Militar Segundo Accidental de Juicio del Circuito Judicial Penal Militar, con sede en Maracay, estado Aragua y remitirle copia certificada del presente auto y del escrito contentivo de la Acción de Amparo constitucional, a los fines de que elaborare el informe correspondiente. Queda entendido que la ausencia del Juez a la audiencia constitucional, no se presumirá como aceptación de las p.....