Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Militar Cuarto de Ejecución de Sentencias, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 479 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la sentencia dictada por el Tribunal Militar Décimo Tercero de Control con sede en La Fría, en la cual Condenó al ciudadano HECTOR GEOVANNY MANTILLA, titular de la Cédula de Identidad N° V-11.105.472, venezolano, mayor de edad, con domicilio y residencia en La Urbanización El Pinar, vía Bramón, Kilómetro 5, calle principal, entre calles 7 y 8, casa Nº 1-2, Rubio Estado Táchira, a cumplir la pena principal de un (01) año, siete (07) meses y quince (15) días de prisión, más la accesoria de ley contemplada en el artículo 407 ordinal 1º del Código Orgánico de Justicia Militar, es decir inhabilitación política por el tiempo de la pena, como autor responsable del Del.....