Por lo anteriormente expuesto este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Ejecución N° 4 del Circuito Judicial Penal del estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley AUTORIZA EL PERMISO DE SUPERVISIÓN ESPECIAL al Penado ROBERTO JOSE COLMENAREZ DIOTAUTI, titular de la Cédula de Identidad N° 7.315.364, conforme a lo establecido en los artículos 49 y 50 del Reglamento Interno de los Centros de Tratamiento Comunitario, así como el numeral 1 del Articulo 479 del Código Orgánico Procesal Penal.
Notifíquese a las partes y al Penado. Particípese al Centro de Tratamiento Comunitario “DRA. NILDA LUCRECIA HERNANDEZ”, a quien se le remite copia del permiso, igualmente al Ministerio Público y al Delegado de Prueba. Ordénese el traslado del Penado a los fines de imponerlo. Cúmplase.-