Por todo lo anteriormente indicado, este Tribunal Militar actuando en funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA: PRIMERO: Conforme al ordinal 2° del artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal (2012), SE ADMITE TOTALMENTE la acusación por la presunta comisión del delito militar de DESERCION previsto en el artículo 523, 527 ordinal 1º y 528 del Código Orgánico de Justicia Militar en contra del ciudadano SARGENTO SEGUNDO DANIEL ALEXANDER MESA RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-19.534.623. SEGUNDO: Se admiten todos los medios de pruebas ofrecidos por el Ministerio Público, por ser pertinentes útiles y necesarios. TERCERO: Se declara CON LUGAR la solicitud efectuada por el Defensor Público Militar, relacionada con el otorgamiento de la SUSPENSION CONDICIONAL DEL PROCESO al SARGENTO SEGUNDO DANIEL ALEXANDER MESA RODRIGUEZ, titular de la cedula de identidad Nº V-19.534.623, de conform.....