éste Juzgado de Control Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, pasa a decidir en los siguientes términos: PRIMERO: Decreta el Sobreseimiento de la causa de conformidad con lo dispuesto en el articulo 318 ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida a ciudadanos DEMETRIA DEL CARMEN BRACHO FIGUEREDO, Venezolana, titular de la cédula de identidad N° 1.110.305, residenciada en Carrera 28 entre 14 y 15 Casa N° 14-22, Parroquia Catedral, Barquisimeto, Estado Lara. y FRANKLIN RUBÉN BRACHO FREITEZ, Venezolano, titular de la cédula de identidad N° 4.072.938, residenciado en la Urbanización La Carucieña, Calle 13 entre 06 y 08, Casa N° 39, Parroquia Juan de Villegas, Barquisimeto Estado Lara. SEGUNDO: Se ordena levantar las mediadas de prohibición y gravar que pesaban sobre los inmuebles objeto del presente litigio, los cuales están plenamente identificados en el presente Asunto. TERCERO: Ofíciese a la mayor brevedad al Registrador S.....