DECISIÓN
En merito de las precedentes consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara: Primero: Como no interpuesta la Cuestión Previa alegada por la ciudadana NORELYS COROMOTO OLIVARES ORAA en el presente juicio de PARTICION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, incoado por el ciudadano LEONEL ENRIQUE DOMINGUEZ CAMACHO, contra la ciudadana NORELYS COROMOTO OLIVARES ORAA, todos antes identificados en autos; Segundo: Tempestiva la contestación al fondo de la demanda; Tercero: El presente juicio queda en etapa de promoción de pruebas, el cual comienza a correr a partir del día siguiente a la pronunciación del presente fallo.