Es por ello que este Tribunal Sexto (6º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, da por Concluido el Proceso y HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada.
Se deja expresa constancia que la ciudadana Jueza presenció la entrega del instrumento Bancario girado contra la cuenta Nº 0116-0501-06-2120210100 del BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO (B.O.D.) identificado N° 10922070, emitido a nombre de ROSAL WILMER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 17.162.257, por la cantidad de QUINIENTOS SESENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS VEINTIÚN BOLÍVARES CON VEINTITRÉS CÉNTIMOS (Bs. 568.821,23), y el cual expresamente recibe a su entera y cabal satisfacción en este acto.