DECISION
En virtud de lo antes expuesto este Juzgado administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Primero: SIN LUGAR la ACCIÓN DE AMPARO CONSTITUCIONAL intentada por los Abogados SIMÓN SAAVEDRA HERNÁNDEZ y CARLOS JOSÉ MEJÍAS ÁLVAREZ, actuando en nombre propio, y de los ciudadanos YARITZA JOSEFINA ÁLVAREZ TORREALBA, ANNE MARIE LOEB SHWAB Y OSCAR LUIS SALAVERRIA en su condición de adheridos contra la JUNTA DIRECTIVA DE LA ASOCIACIÓN CIVIL DE PROPIETARIOS Y RESIDENTES DE LA URBANIZACIÓN "PARQUE LOS LIBERTADORES", representada por el presidenta JORGE ADRIÁN RAMÍREZ RODRÍGUEZ, antes identificados.. Segundo: Se exime la condenatoria en costas a la parte perdidosa de conformidad con lo establecido en el artículo 33 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales.