D E C I S I Ó N
En mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Superior Primero en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara SIN LUGAR la apelación intentada por la parte actora en contra de la decisión dictada por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, en fecha 01/08/2011, que declaro: 1) CON LUGAR la Defensa de Fondo de falta de cualidad opuesta y 2) SIN LUGAR la Pretensión de Simulación de Venta intentada por ANTONIO ALEJANDRO BUCCI YÁNEZ, ANA MARÍA BUCCI YANEZ Y ANTONELLA BUCCI GUZMÁN contra la sociedad mercantil INVERSIONES MONTES BUCCI C.A., y de sus accionistas ciudadanos MARIANGELA BUCCI GARCÍA Y CARLOS ALBERTO RUÍZ MONTES.
Se RATIFICA la condenatoria en costas decretada por el a-quo y se condena en esta instancia a la parte perdidosa de acuerdo a lo establecido en el artículo.....