DISPOSITIVA
En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley decide:
PRIMERO: De oficio ANULA el auto de admisión de la demanda de interdicción, dictado en fecha primero (1º) de agosto del 2019, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial y todas las actuaciones subsiguientes al mismo, incluida la sentencia consultada. Se repone la causa al estado que el tribunal al que le corresponda conocer de la causa vuelva a pronunciarse sobre la admisión de la petición o demanda de interdicción y actúe conforme a lo que determine en el referido pronunciamiento.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la decisión de autos.
Publíquese y regístrese, incluso en el sitio web del Tri.....