a juicio de esta juzgadora, el único y principal responsable de que dicho medio probatorio se llegara a evacuar, es la propia parte actora, quien fue su promovente, y por cuanto manifestó que no tiene medios económicos para realizar la evacuación de la misma, por lo tanto, no puede cumplir con su carga procesal, es por lo que quien aquí decide declara sin efecto la prueba de experticia por cuanto no es posible su evacuación. Y Así se establece. -