DECISIÓN
En mérito de las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el RECURSO DE HECHO intentado por el Abogado FREDDY RONDON OLIVARES, apoderado judicial de la Sociedad Mercantil C.A. DAYCO DE CONSTRUCCIONES, la parte actora, en contra del auto del 15-03-2012 que negó oír la apelación interpuesta contra el auto de fecha 07-03-2012 dictado por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
Remítase copia certificada de esta sentencia con oficio al Juez A-quo, y archívese la presente causa.
Queda así CONFIRMADO el auto apelado.
Regístrese, publíquese y archívese.