Este Tribunal Militar Primero de Control, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, oída como ha sido la exposición de la Fiscalía Militar y la Defensa Privada, decreta: PRIMERO: Se declara con lugar la solicitud de PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, presentada por los ciudadanos: PRIMER TENIENTE MARIA MACELINA MARTINEZ SALAZAR, Fiscal Militar Séptimo con Competencia Nacional y TENIENTE LUIS DANIEL BETANCOURT URBINA, Fiscal Militar Auxiliar Séptimo con Competencia Nacional, en contra del ciudadano: CABO SEGUNDO GONZALEZ JORGE LUIS, titular de la cedula de identidad V- 18.107.061, PLAZA DEL 608 BATALLÓN DE APOYO "G/D GREGORIO MAC GREGOR, presuntamente incursó en la comisión de los delitos militares de LESIONES PERSONALES ENTRE MILITARES, previsto y sancionado en el artículo 576 numeral 3º e INSUBORDINACION, previsto en el artículo 512 ordinal 2º y sancionado en el artículo 515, numeral 3º todos del Código Orgánico d.....