Por todos los fundamentos anteriormente expuestos este Tribunal Militar Primero de Juicio de Caracas, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el procedimiento por Admisión de los Hechos, establecido en el artículo 375 del Código Orgánico Procesal Penal, deciden:
PRIMERO: Se declara al ciudadano SARGENTO PRIMERO SANDOVAL GALVIS YEFRI ISAAC, C.I. Nº V-20.060.472, Venezolano, Mayor de edad, de estado civil soltero, domiciliado en la casa Nº 62, calle Nº6, sector Tienditas, Municipio Pedro María Ureña, Estado Táchira, CULPABLE Y RESPONSABLE por la comisión del delito militar de SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL A TITULO CULPOSO, previsto y sancionado en el artículo 570 en su numeral 1º en concordancia con el artículo 435 del Código Orgánico de Justicia Militar, en razón de todo lo anterior SE CONDENA a cumplir la pena principal de UN (01) AÑO, CUATRO (04) MESES Y QUINCE (15) DI.....