Este Tribunal de Control N° 8 de este Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley; de conformidad con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, CONDENA al acusado: Felipe Antonio Amargura Martínez, C.I: 15.919.427, Edad: 24 años, Profesión u oficio: Comerciante, Fecha de Nacimiento: 28-05-1979, Dirección: Barrio Bolívar Carrera 13 con calle 16 # 24 de la localidad de Quibor, a cumplir la pena de dos (02) AÑOS de prisión, en virtud de la comisión del delito de Detentación de Arma, previsto y sancionado en el artículo 278 del Código Penal, más las penas accesorias contenidas en el artículo 16 o 13 del Código Penal Venezolano , la cual deberán cumplir en el Centro Penitenciario que determine el Tribunal de Ejecución, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 367 del Código Orgánico Procesal Penal se mantiene la Medida Cautelar Sustitutiva de la privación de libertad del c.....