D I S P O S I T I V O
Con base en las razones de hecho y de Derecho establecidas, ESTE TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO TERCERO DE CONTROL CON SEDE EN LA FRÍA, ESTADO TÁCHIRA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECIDE: PRIMERO: Se acuerda CON LUGAR la solicitud presentada por la Fiscalía Militar en cuanto a la continuación de la presente investigación a través del Procedimiento Ordinario, de conformidad con lo previsto en el último aparte del artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal. SEGUNDO: CON LUGAR, la solicitud presentada por la Fiscalía Militar en cuanto a que sea tomado la presente audiencia como acto formal de imputación de conformidad con lo establecido en el artículo 126 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano SARGENTO PRIMERO JIMER GREGORIO DEPABLOS ARAQUE, titular de la cédula de identidad N° V.- 25.496.654, por la presunta comisión del Delito Militar de DESERCIÓN, previsto en el artículo .....