este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE la presente demanda de DESALOJO DE LOCALES COMERCIALES, instaurada por la ciudadana ANA MARÍA DESTRO, actuando en su carácter de representante de la Firma Mercantil ADMINISTRADORA VENETO, C.A., y obrando en este acto en su condición de Apoderada Judicial de la Firma Mercantil INVERSIONES VENROL S.A., según Poder Especial de Administración, debidamente autenticado por ante la Notaria Pública Cuarta del Municipio Chacao del estado Miranda, bajo el N° 43, Tomo 146 de los libros de autenticaciones llevados por esa Notaria, asistida por el Abogado Marco Alexander Asuaje Colmenárez, contra el INSTITUTO DE PREVISIÓN SOCIAL DE LOS PROFESORES DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL POLITÉCNICA ANTONIO JOSÉ DE SUCRE (I.P.S.U.P.B.)", en la persona de su Presidente ciudadano DANIEL MARÍN, y su Vice-Presidente ciudadano ALEJANDRO PIÑA, todos arriba identificados, po.....