DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: DECLARA SIN LUGAR el Recurso de Apelación de Autos interpuesto por la Abg. Rocio Valbuena, en su condición de Defensora Privada del ciudadano Honorio Agüero, titular de la cédula de identidad Nº V-4.066.218, dictado en fecha 09 de Septiembre de 2019 y fundamentada en fecha 11 de Septiembre de 2019, por parte del Tribunal de Primera Instancia en Función de Control Nº 08, mediante la cual declaro SIN LUGAR las nulidades invocadas por la defensa privada.
SEGUNDO: SE CONFIRMA la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control Nº 08 de este Circuito Judicial Penal en fecha 09 de Septiembre de 2019 y fundamentada en fecha 11 de Septiembre de 2019, mediante la cual declaro SIN LUGAR las nulidades.....