DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Militar Décimo Séptimo en funciones de Control, con sede en Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, siendo competente por la materia por recta aplicación del artículo 261 preceptuado en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y de conformidad con lo establecido en el Artículo 309, 312 y 375, todos del Código Orgánico Procesal Penal, DECLARA: PRIMERO: Conforme al ordinal 2° del artículo 313 del Código Orgánico Procesal Penal, SE ADMITE TOTALMENTE la acusación en contra del ciudadano SARGENTO PRIMERO SALAZAR RIVAS JESUS RAFAEL, Titular de la Cédula de Identidad Nº V.17.839.564, presuntamente incurso en la comisión de los Delitos Militares de DESOBEDIENCIA previsto en el artículo 519 y sancionado en el artículo 520, Primer Supuesto y ABANDONO DE SERVICIO previsto y sancionado en los artículos 534 y sancionado en el artículo 537, más l.....