Se dictó SENTENCIA DEFINITIVA, declarando SIN LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 12-04-04, por la abogada ELIZABETH DUDAMEL RIVERO, apoderada actora, contra la sentencia de fecha 30-03-04, proferida del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara; SIN LUGAR la demanda de Divorcio interpuesta por ALFREDO ANTONIO PÉREZ, contra DULCE ESPERANZA OROPEZA CHIRINOS. En consecuencia, se declara FIRME el vínculo conyugal contraído en fecha 22 de diciembre de 1971, por los ciudadanos ALFREDO ANTONIO PÉREZ y DULCE ESPERANZA OROPEZA CHIRINOS, ante la Jefatura Civil de la Parroquia Catedral del Municipio Iribarren del estado Lara. Queda así CONFIRMADA la sentencia apelada. Se condena en costas al actor, de conformidad con lo establecido en el art 284 del Código de Procedimiento Civil. Se ordenó oficiar a la Fiscalía del Ministerio Público.