En consecuencia, este Tribunal Segundo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Morán de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR: LA SOLICITUD DE DIVORCIO y en consecuencia queda disuelto el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos ESCALONA GOYO ESTILITA DEL CARMEN y PEREZ SAAVEDRA YONNY ANTONIO, por ante la Secretaria del Consejo Municipal del Municipio Moran del Estado Lara, en fecha 25 de febrero del año 2.000, anotado bajo el Nº 15, folios 23 frente y 24 frente del Libro de Registro Civil de Matrimonios respectivo, llevado durante el año 2.000. Durante la unión matrimonial no procrearon hijos. Se declara extinguida la comunidad de gananciales entre las partes, de conformidad con lo establecido en el artículo 173 del código Civil. Se declara firme la Sentencia de conformidad a la Sentencia Nº 305 de fecha 18/05/2017 del T.S.J. – S.C.C......