este Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: COMPETENTE para conocer la acción de Habeas Data interpuesta por el ciudadano ALAN DAVID SARMIENTO MANAGUA, venezolano, mayor de edad, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad N.º V-30.002.627. SEGUNDO: INADMISIBLE la acción de Habeas Data interpuesta por el referido ciudadano mediante la cual solicita la exclusión de su nombre del buscador implementado por la Comisión Nacional de Primarias.