SE DICTÓ SENTENCIA INTERLOCUTORIA DECLARANDO CON LUGAR EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 2 de mayo de 2016, por el ciudadano Francisco José Colmenarez Linarez, en su carácter de representante legal de la firma mercantil Suplidores del Centro C.A., debidamente asistido por la abogada Analiesse Marlene Alvarado Rodríguez, contra la sentencia interlocutoria con fuerza de definitiva dictada en fecha 21 de abril de 2016, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, mediante la cual declaró inadmisible la demanda por cobro de bolívares vía intimación, incoada por el precitado ciudadano, contra la sociedad mercantil R&S CORP C.A.