Este tribunal en acatamiento a las mencionadas normas legales y a las decisiones jurisprudenciales emanadas reiteradas veces de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia declara: Se deja sin efecto el auto de decreto de ejecución forzosa de fecha 20-06-07 dictado por este tribunal, en consecuencia se ordena la notificación a la Procuraduría General del Estado Bolivar conforme a lo previsto en los artículos 85 y 86 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la Republica; anéxese a la notificación copia certificada de la sentencia y del informe contable. Agréguese al cuaderno separado. Así se declara.