D I S P O S I T I V O
Por los razonamientos antes expuestos ESTE TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO TERCERO DE CONTROL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECIDE: PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN, presentada por la Fiscalía Militar Trigésimo Tercero de La Fría, en contra del ciudadano SOLDADO JOSÉ ALEJANDRO RODRÍGUEZ CORONADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V- 27.872.299, a quien se le sigue Causa Penal Militar N° CJPM-TM13C-019-16, por la comisión del delito militar de LESIONES PERSONALES ENTRE MILITARES previsto y sancionado en el artículo 576 numeral 1 todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: ADMITE TOTALMENTE las pruebas ofrecidas en la acusación presentada por la, Fiscalía Militar Trigésimo Tercero de La Fría, en virtud de que las mismas son legales, lícitas, pertinentes y necesarias. TERCERO: CON LUGAR, la solicitud Fiscal de sobreseimiento del delito militar de INSU.....