este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se deja constancia que compareció el apoderado judicial de la parte demandada RAMON GARCIA PADILLA, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 69.076. Es todo, terminó se leyó y conformes firman.