Por los fundamentos de hecho y de derecho explanados, este Consejo de Guerra Accidental de Maracaibo presidido en este acto por el Coronel JORGE LUIS QUEVEDO MARTINEZ, Presidente; Coronel NIGER LEONEL MENDOZA GARCIA, Juez; y Mayor ALBERTO JOSE DOS SANTOS GONZALEZ, Juez, actuando como Secretaria de Sala la Doctora LISSETTE ROMAY INCIARTE, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, luego de haber deliberado las circunstancias de hecho y derecho, mediante el principio de la sana critica y observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencias, DECIDE: PRIMERO: Se CONDENA como AUTOR, CULPABLE y RESPONSABLE al ciudadano CAPITAN JACKSON MANUEL GONZALEZ BENITEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 13.598.443, de profesión u oficio Militar en servicio Activo, Plaza del 122 Batallón de Caribes G/B Antonio de la Guerra Montero, domiciliado en la Villa del Rosario, Est.....