En base a las anteriores consideraciones, ésta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional, interpuesta en fecha 14 de octubre de 2009, por el abogado Miguel Ángel Piñango Tovar, Defensor Público Undécimo Penal Ordinario de la extensión Barquisimeto, en su carácter de Defensor del ciudadano Carlos Pastor García Bohórquez, en el asunto principal signado con el Nº KP01-P-2008-004948, contra el pronunciamiento dictado como punto previo en la audiencia preliminar realizada en fecha 15 de abril de 2009 y publicada en fecha 21 de abril de 2009, por el Tribunal Sexto en función de Control del Circuito Judicial Penal del estado Lara, mediante el cual declaró sin lugar la solicitud de nulidad absoluta de la imputación fiscal efectuada en fecha 16 de mayo de 2008, por violación del derecho a la defensa y debido proceso......