D I S P O S I T I V A
Por los fundamentos de hecho y de derecho expuestos, este Consejo de Guerra de Maracay, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano Sargento Mayor de Segunda JHONNY WILFREDO SUNIAGA ROJAS, titular de la cédula de identidad Nº 12.976.743, plaza de la División de Almacenamiento para el Control de Químicos y Explosivos Región Central (DIACOQUERCE), ubicado en la ciudad de Puerto Cabello, Estado Carabobo, de la responsabilidad penal por la acusación presentada en su contra por parte de la Fiscalía Militar Décimo Séptima con Competencia Nacional, con sede en Puerto Cabello Estado Carabobo, por la presunta comisión del delito militar de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA, tipificado en el artículo 570, numeral 1 del Código Orgánico de Justicia Militar, y sancionado en el encabezamiento de dicha norma. SEGUNDO: Se ordena como consecuencia de la pres.....