Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: SE ANULA DE OFICIO la decisión dictada en Audiencia Preliminar celebrada en fecha 18 de Octubre de 2011 y fundamentada el 19 de Octubre de 2011, por el Tribunal de Control Nº 1 de este Circuito Judicial Penal, mediante el cual declaró SIN LUGAR la Medida de Aseguramiento consistente en el desalojo del bien inmueble propiedad de la víctima Samira Torrealba Perdomo.
SEGUNDO: Remítase con carácter de urgencia el presente asunto a un Juez de Control distinto al que dictó la decisión objeto de apelación, a los fines de que realice el respectivo pronunciamiento de ley.
Publíquese, regístrese la presente decisión.
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado L.....