DISPOSITIVO
Este Tribunal Noveno de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara solo por este acto por encontrarse de guardia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley decide: DECLINA LA COMPETENCIA, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 77 del Código Orgánico Procesal Penal en cuanto al ciudadano GARCIA MARQUEZ JUAN, Cédula de Identidad Nº 11.186.742, en consecuencia se en consecuencia se colora a la orden de su Juez natural, en virtud de encontrase requerido, según orden de aprehensión emitida por el Juez Segundo de Primera Instancia en lo Penal del Ministerio Publico de Guanare del Estado Portuguesa, según oficio Nº 858, de fecha 13/07/1994, por lo que se acordó librar orden de traslado dirigida al Jefe del Cuerpo de Investigaciones, Científicas, Penales y Criminalisticas Delegación Lara.- Se acordó librar boleta de traslado dir.....