IV
DISPOSITIVO DEL FALLO
En mérito de la anterior exposición este Juzgado Duodécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE IN LÍMINI LITIS la demanda que por DESALOJO intentara la Sociedad Mercantil INVERSIONES MOREINOGUE C.A., en la persona de su director ejecutivo DANIEL NOGUEIRA REIS, en contra de la ciudadana GLADYS COROMOTO RONDON OVIEDO, ya identificadas al inicio del fallo.
Notifíquese a la parte de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en la Resolución 05-2020 de fecha 05 de octubre de 2020, emanada por la Sala Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en concordancia con lo establecido en los artículos 233 y 251 del Código de Procedimiento Civil y en atención a la sentencia Nº RC-000243 de la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de.....