En virtud de lo anteriormente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio Número Tres del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley:
PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano JHOJAN ARMANDO SUAREZ HERNANDEZ, titular de la cédula de identidad Nº 16.796.156, por el delito de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, previsto y sancionado en el artículo 406, NUMERAL 1º del Código Penal, asistido por la Defensor Público Penal Abogado Jaime Rodríguez.
SEGUNDO: Por cuanto la publicación del texto íntegro de la sentencia fue realizado en el lapso legal de ley, las partes se encuentra a derecho no debiendo ser notificadas.
Dada firmada y sellada en la sede del Tribunal de Juicio Nº 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, a los Diecinueve (19) días del mes de Mayo de dos mil catorce. Años 204° de la Independencia y 155° de la Federación.