PRIMERO: De conformidad con el artículo 313, numeral 2, del Código Orgánico Procesal Penal, se admitió la Acusación, en su momento procesal oportuno dentro de la Audiencia Preliminar, y la calificación jurídica presentada en contra de los ciudadanos imputados TENIENTE DE FRAGATA CARLOS CONTRERAS FLORES, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.864.048; SARGENTO MAYOR DE TERCERA JACKSON BROWN UZCÁTEGUI, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.436.484; y SARGENTO MAYOR DE TERCERA GREGORIO ZARRAGA ALVARADO, titular de la Cédula de Identidad N° V-19.010.026, por la comisión del Delito Militar de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LAS FUERZAS ARMADAS, EN GRADO DE FRUSTRACIÓN, previsto y sancionado en el artículo 570, numeral 1, concatenado con el artículo 386, y el artículo 423, todos del Código Orgánico de Justicia Militar. SEGUNDO: Se admiten parcialmente los elementos de pruebas ofrecidos por la Vindicta Pública Militar, por ser legales, lícitas, pertinentes, conducentes y nece.....