Este Tribunal Militar Primero de Control administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, oída como ha sido la exposición de la Fiscalía Militar y la Defensa Pública Militar, decreta PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de la Defensa Técnica referida que se exhorte a la Fiscalía Militar con carácter de urgencia para que realice las diligencias permitentes y necesarias a los fines de determinar la responsabilidad de los imputados de autos. SEGUNDO: CON LUGAR la solicitud fiscal de PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD en contra de los ciudadanos: SOLDADO HAROLD JOSE COSTERO AGUILERA, titular de la CINºV-28.058.064 y JESUS DANIEL RODRIGUEZ ZAMORA C.I.V- 27.715.729, presuntamente incursos en la comisión del Delito Militar de SUSTRACCION DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA, previsto y sancionado en el artículos 570, ordinal 1º y el primero a título de COMPLICE y el segundo a título de AUTOR, de acuerdo a lo establecido en los .....