En fecha 19/02/2010, este Tribunal Tercero de Juicio del Trabajo del Estado Bolívar, Extensión Territorial Puerto Ordaz: se declara INCOMPETENTE para el conocimiento de la presente demanda por lo que ordena remitir todas las presentes actuaciones al Los Juzgados de Municipio, en Materia Civil, Mercantil y Tránsito, del Estado Bolívar con Sede en Puerto Ordaz que resulte competente, a los fines de conocer el asunto y provea lo conducente para garantizar la tutela judicial efectiva de ambas partes.-