DISPOSITIVA
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Militar Décimo Séptimo de Control, con sede en Ciudad Bolívar, actuando en Funciones de Control, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, iniciada por la presunta comisión del delito de Deserción tipificado en el articulo 523 ordinal 2º, 527 y sancionado en el articulo 528 del Código Orgánico de Justicia Militar, a favor del ciudadano EX-Soldado (EJ) LUIS ALBERTO PEINADO CEDEÑO, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.534.576, plaza del 505 BING "Cajigal", ubicado en el Fuerte Cayaurima, Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, todo de conformidad con el articulo 318 Ordinal 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese, Publíquese, Digitalícese, Expídanse las copias certificadas de Ley, háganse las participaciones de rigor y remítase en su oportunidad legal al Archivo Judicial del Circuito Judicial Penal Militar.
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