Por todo lo antes expuesto este Tribunal TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO HERES DEL PRIMER CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara Inadmisible la presente Solicitud de Consignación de Canon de Arrendamiento interpuesta por el ciudadano: RICARDO ELI ALIAGA HERRERA, de este domicilio. Así se decide.