DECLARO. PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por los abogados ROMULO ALFREDO AÑEZ ALVAREZ y BERVELY ALFONZO LUGO defensores del ciudadano Coronel ® RAMON ANTONIO GONZALEZ RAGA. SEGUNDO: CONFIRMA el auto dictado por el Tribunal Militar Décimo Sexto de Control, con sede en Barcelona, estado Anzoátegui, en fecha 13 de noviembre de 2008, en la causa seguida contra el ciudadano Coronel ® RAMON ANTONIO GONZALEZ RAGA, por la comisión del delito de SUSTRACCIÓN DE EFECTOS PERTENECIENTES A LA FUERZA ARMADA NACIONAL y CONTRA LA FE MILITAR DE LA FALSIFICACIÓN Y FALSEDAD, previsto y sancionado en el artículo 570 ordinales 1º, 12º y 16º del Código Orgánico de Justicia Militar.