En merito de las anteriores consideraciones este Juzgado Superior Civil y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental con sede en Barquisimeto, Administrando Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la Suspensión de Efectos solicitada por la Sociedad Mercantil "Arroz Cristal, C.A.", y en consecuencia se ordena la Suspensión de los Actos Administrativos contenidos en la Providencias Administrativas N° 498-07, 499-07 y 500-07, todas de fecha 26 de Septiembre de 2007 emanadas de la Inspectoria de Trabajo Sede Acarigua del Estado Portuguesa hasta tanto se tenga una sentencia definitiva.
Notifíquese a través de oficio al Inspector del Trabajo del Estado Portuguesa, sede Acarigua, a los fines de que cumpla con LA suspensiones acordadas. Remítase copia certificada de la presente decisión. Para la entrega del oficio ordenado se comisiona suficientemente al Juzgado del Municipio Páez del Segundo Ci.....