DECLARO: PRIMERO CON LUGAR la presente Acción de Amparo interpuesta por las Abogadas LETICIA NUÑEZ DE RAMIREZ y MARVIN BETERMI DE RODRIGUEZ, en su carácter de Defensoras de los ciudadanos Distinguido (EJ) ERASMO RAMON AMAIS ROSAL y Soldado (EJ) EDGAR EDUARDO MARCHAN MARCANO, contra el auto dictado por el Consejo de Guerra Permanente de Maturín en funciones de Juicio, el veintisiete de noviembre del año dos mil tres, de conformidad con lo previsto en los Artículos 26 primer párrafo, 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y el 342 del Código Orgánico Procesal Penal. Por consiguiente, se ordena al referido Tribunal, fijar la audiencia pública dentro del lapso señalado en el artículo 342 del Código Procesal Penal, la indicación del nombre de los jueces que integrarán el tribunal que habrá de conocer la causa Nº S-11-017-203, que cursa por ante el Consejo de Guerra Permanente de Maturín, así como la notificación a las partes, conforme lo prevé el artículo 342 ejus.....