DECISIÓN
Por las razones precedentemente expuestas este Juzgado Superior en lo Civil (Bienes) y Contencioso Administrativo de la Región Centro Occidental, con sede en Barquisimeto, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: Su COMPETENCIA para conocer y decidir el recurso de apelación interpuesto en fecha 02 de julio de 2019, por el abogado YEISMAR GERARDO CARRERA CARRERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 104.199, actuando como apoderado judicial de la parte demandada Sociedad Mercantil ELECTRONIKS DUBAI, C.A., inscrita por ante el Registro Mercantil del Estado Lara, en fecha 07 de mayo de 2009, bajo el N° 19, tomo 34-A.-
SEGUNDO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por el abogado YEISMAR GERARDO CARRERA CARRERO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 104.199, actuando como apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia.....