DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos anteriores, este Juzgado Superior Civil, Mercantil, de Tránsito y Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: SIN LUGAR la RECUSACIÓN interpuesta por la abogada MARBELLA GOMEZ F., contra el abogado COSME ALBERTO GONZALEZ LATHULERIE en su condición de Juez Profesional Provisorio Nº 1 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Extensión de la Sala de Juicio con Sede en Puerto Ordaz, surgida con motivo del juicio que por Revisión de Convenimiento de Obligación de Manutención incoara el ciudadano OSWALDO JOSE LOPEZ SALAS contra la ciudadana ZULEIMI MARIA GONZALEZ GOMEZ; todo ello de conformidad con las disposiciones legales, doctrinarias y jurisprudenciales antes citadas y los artículos 12, 242 y 243 del Código de Procedimiento Civ.....