Por  las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal  administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara PROCEDENTE la Pretensión,  intentada por la empresa  D´CARS C.A. contra los ciudadanos:  EDGAR SEGUNDO SIMANCAS ACEVEDO Y JOSE LUIS  RIVERO  LUCENA, plenamente identificados en autos. En consecuencia, se resuelve    el contrato de venta con reserva de dominio   celebrado entre las partes, sobre el  vehículo marca Ford, modelo Galaxie, año  1975, color azul, clase automóvil, tipo sedan, uso particular,   serial de  carrocería AJ53RD37999,  serial del motor 8 Cil,  Placas  NAJ-919.  Quedan a favor de la demandante,   la cantidad que la demandada  ha cancelado  como compensación   por el uso  del automóvil   durante el tiempo   que permaneció   en su poder.------------------------------------------------------
	Se condena a la parte demandada,  al pago de costas por haber resultado totalmente vencida, ello conforme a lo prev.....