Con base a las razones que se dejan expresadas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la abogada BETZABE CRISTINA COLMENAREZ MENDOZA, en su condición de Defensora Publica Décima Octava Penal Ordinario, actuando en tal carácter de los ciudadanos ARENA PEREZ EMILIO JOSE, GUEDEZ LINAREZ RAFAEL JOSE Y SOTO YURIANNY COROMOTO, contra la decisión proferida en fecha 19 de Junio de 2013 y fundamentada en fecha 01 de Julio de 2013, mediante la cual el Tribunal Quinto de Primera Instancia en función de Control de este Circuito Judicial Penal, se impone Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad contra los imputados de auto.
SEGUNDO: Queda CONFIRMADA la decisión del Tribunal a quo.
TERCERO: La presente decisión se dicta dentro del lapso leg.....