DISPOSITIVA
En virtud de las consideraciones antes expuestas, este Tribunal Unipersonal de Primera Instancia en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en los artículos 364, 365 y 367 del Código Orgánico Procesal, PRIMERO: ABSUELVE al ciudadano ANTHONI ROOSEVELT NOGUERA CHÁVEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 18.33.686, por el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD Y DAÑOS A LA PROPIEDAD CON VIOLENCIA, previsto y sancionado en los artículos 218 Numeral 3, 473 parte primera en concordancia con el articulo 474 del Código Penal.
SEGUNDO: Se ordena el cese de toda medida cautelar impuesta en su oportunidad al ciudadano ANTHONI ROOSEVELT NOGUERA CHÁVEZ, titular de la Cédula de Identidad N° 18.33.686.
TERCERO: Exonera en el pago de las costas procesales en aplicación del artículo 26 de la Constituci.....