declara Primero: SIN LUGAR la APELACIÓN interpuesta por la parte demandada ciudadano Heriberto Rodríguez, contra la decisión dictada por el Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, que declaró CON LUGAR la demanda, en Juicio de DESALOJO DE INMUEBLE, dictada en fecha 10 de Abril del año dos mil siete. Segundo: Consecuencialmente se declara CON LUGAR la demanda de DESALOJO DE INMUEBLE, y se condena al demandado a entregar a la parte actora el inmueble constituido por una casa ubicada en la carrera 2 entre calles 55 y 56, N° 55-44, del Barrio Brisas de San Vicente, de esta ciudad de Barquisimeto del Estado Lara, libre de personas y cosas; entrega esta que se considera materializada desde el dieciocho de Enero del año dos mil siete (18/01/2007), fecha en la cual se ejecutó la medida de secuestro. Se condena en costas y costos a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida, ello conforme a lo establecido en el Artículo 274 del Códi.....