Con fundamento en lo antes expuesto, este Tribunal Militar Séptimo de Control con sede en la ciudad de Barquisimeto, estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE: PRIMERO: De conformidad con el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal SE ACUERDA la solicitud de revisión de medida judicial preventiva privativa de libertad incoado por la TENIENTE DE NAVÍO MARÍA FERNANDA AULAR CORDERO, Defensora Pública Militar, de la imputada SARGENTO PRIMERO DELIA ROSA ZAMBRANO ZAMBRANO, cédula de identidad N° V-18.485.643. SEGUNDO: SE DECLARA CON LUGAR la solicitud de sustitución de la medida judicial preventiva privativa de libertad que pesa contra la imputada de autos y en consecuencia y conforme con lo previsto en el artículo 242 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal se sustituye por la presentación periódica ante este Tribunal Militar especificada en el cuerpo de esta decisión.