PRIMERO: El Obligado, ciudadano ASDRUBAL GERARDO ORTIZ SALINA, titular de la cédula de identidad Nro. 18.672.356, suministrará por concepto de Obligación de Manutención a favor de su hijo Gabriel David Ortiz Santeliz, de Ocho (08) años de edad, un monto de DOSCIENTOS BOLIVARES EXACTOS (Bs. 200,00) semanales, es decir, la suma de Ochocientos Bolívares Exactos (Bs. 800,00) Mensuales, cantidad esta que equivale aproximadamente al 18,8 % sobre el Salario Mínimo Nacional vigente al momento de la suscripción del acto conciliatorio. Dicha cantidad de dinero aumentara en un veinte por ciento (20%) en forma anual, De igual manera, proporcionara el cincuenta por ciento (50%) mas, para los gastos que se generan por salud, escolaridad y mes Decembrino.
SEGUNDO: La solicitante ciudadana CRUZ CECILIA SANTELIZ GOMEZ, titular de la cédula de identidad Nro. 18.527.722, acepto el ofrecimiento realizado por en padre de su hijo en todo y cada uno de sus conceptos y si llegar.....