Por lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Militar Decimosexto de Control con sede en Barcelona, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA: PRIMERO: CON LUGAR la calificación de FLAGRANCIA, por considerar que se cumplen con los extremos jurídicos previsto en el artículo 234 del COPP. SEGUNDO: DECRETA CON LUGAR, la aplicación del Procedimiento Ordinario en el presente proceso, conforme a lo previsto en el artículo 373 del COPP. TERCERO: En cuanto al ciudadano, WILMER ALEXANDER DIAZ CHASOY, CI N° V- 28.352.192., este Tribunal Militar se declara incompetente para conocer de ese asunto, Secretario Judicial sírvase a emitir el respectivo expediente con las actuaciones al Tribunal de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui. CUARTO: Declara SIN LUGAR , la solicitud del Defensor Privado de los Ciudadanos: FRANCISCO JOSE GARCÍA GUARARIMA, titular de la cedula de identidad N° V- 24.979.498, quien se encuentra pr.....